Clasificación general de clientes conforme a la normativa financiera aplicable
La normativa europea MiFID II establece una clasificación general de clientes en función de su experiencia, conocimientos y capacidad para evaluar riesgos. Esta clasificación influye en el nivel de información y en determinadas salvaguardas regulatorias aplicables en la prestación de servicios financieros.
1. Clientes Minoristas
Incluye personas físicas o entidades que no cumplen los criterios para ser consideradas clientes profesionales. En esta categoría se aplican requisitos de información más detallados y determinadas salvaguardas regulatorias adicionales.
Características:
Reciben información más detallada sobre las características y riesgos de los productos o servicios.
Están sujetos a mayores obligaciones de información por parte de las entidades que prestan los servicios.
Se benefician de determinadas salvaguardas regulatorias previstas en la normativa aplicable.
2. Clientes Profesionales
Incluye entidades o personas que, conforme a la normativa, cuentan con la experiencia, los conocimientos y la capacidad necesarios para evaluar adecuadamente los riesgos asociados a los servicios financieros.
Ejemplos de clientes profesionales pueden incluir, entre otros:
Empresas que cumplen determinados criterios financieros establecidos por la normativa.
Entidades financieras, como bancos o aseguradoras.
Clientes que acreditan experiencia y conocimientos suficientes conforme a MiFID II.
En comparación con los clientes minoristas:
Se les aplican requisitos de información menos detallados.
Pueden acceder a determinados servicios o productos sujetos a criterios específicos.
Se presume una mayor capacidad para comprender los riesgos asociados.
3. Contrapartes elegibles
Incluye determinadas instituciones que operan habitualmente en los mercados financieros y que, conforme a la normativa, están sujetas a un régimen específico con requisitos de información más limitados.
Ejemplos de contrapartes elegibles incluyen, entre otras:
Entidades financieras y bancos.
Grandes empresas de inversión.
Gobiernos y bancos centrales.
Reclasificación de clientes
La normativa permite, bajo determinadas condiciones, solicitar un cambio de categoría:
Un cliente minorista puede solicitar ser tratado como cliente profesional si cumple los requisitos establecidos.
Un cliente profesional puede solicitar ser tratado como cliente minorista para beneficiarse de mayores requisitos de información.
Esta clasificación tiene como finalidad adaptar determinados requisitos de información y salvaguardas regulatorias al perfil de cada cliente, conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
Para cualquier duda sobre la categoría asignada, puede consultarse información adicional a través de los canales habilitados en la plataforma.